En un fallo dictado en un juicio abreviad realizado en el Juzgado en lo Correccional nº 3 departamental, el Juez subrogante Dr. Jorge Martínez Mollard condenó al conductor de un auto por su responsabilidad en un accidente en la ruta Interbalnearia 11, en el que fallecieron dos personas y otras tres sufrieron heridas de gravedad.
Surge de la resolución a la que Diario Compromiso accedió, que el juicio fue consensuado por el Fiscal, el Defensor Particular y el Representante de los Particulares Damnificados, ratificando el imputado los alcances del acuerdo.
Respecto del hecho señaló el Juez Martínez Mollard, tener legal y plenamente probado que en las primeras horas de la noche del 3 marzo de 2021, Elías Leonardo Dajczak en circunstancias que circulaba por la Ruta provincial 11 manejando un Renault Duster y acompañado por tres pasajeros, a la altura aproximada del Km. 445 y con intención de adelantarse a otro vehículo que circulaba en la misma dirección, invadió el carril contrario, donde luego de perder el dominio y control de su rodado colisionó con un Volkswagen Voyager que circulaba por la vía contraria. Como consecuencia del impacto se produjo la muerte de dos personas que viajaban en este último vehículo, sufriendo lesiones graves tres pasajeros de los vehículos involucrados.
En el hecho intervino personal del Destacamento de Policía de Seguridad Vial de Villa Gesell, que dejó constancia en el acta de procedimiento la identificación del conductor de la Renault Duster y de sus tres acompañantes, y la presencia entre estos heridos de un menor de 14 años de edad. Y que por su parte había una mujer agonizando, y en el interior del Volkswagen atrapada e inconsciente otra femenina.
También en el acta se indicó de la presidencia de un testigo del accidente, quien refirió estar desplazándose en su vehículo y haber observado el momento de la colisión.
Una de las personas que viajaba en el Renault Duster en su declaración, señaló que el conductor había intentado superar a otro vehículo que circulaba en el mismo sentido, y que al ver que de frente venía un auto había efectuado un volantazo de manera brusca intentando volver a su carril, lo que había provocado que mordiera banquina, se desestabilizara y cruzara de carril y se produjera la colisión de frente con el otro vehículo.
Otro de los pasajeros del mismo vehículo declaró en muy similar sentido, aclarando que en el Renault viajaban cuatro personas, todos con cinturón colocado.
El imputado prestó declaración y dio su versión de los hechos, considerando el Juez respecto de sus dichos, que los mismos no lograrán debilitar el cuadro convictivo que el Fiscal había elaborado en su acusación, Concluyendo el Magistrado puntualizó, que el procesado había violado el deber objetivo de cuidado durante la circulación, al hacerlo sin previamente haber constatado que la vía se encontraba libre en una distancia suficiente para evitar todo riesgo.
Por ello el Juez Martínez Mollard resolvió condenar a Elías Leandro Dajczak, de 34 años de edad, nacido en Florencio Varela y con domicilio en Villa Gesell, como autor penalmente responsable de los delitos de «Homicidio culposo agravado por la conducción negligente de vehículo automotor y por el número de víctimas fatales, y lesiones culposas graves agravadas, ello en concurso ideal«, imponiéndole como pena “Tres años de prisión de ejecución condicional y cinco de inhabilitación para conducir vehículos automotores”.
