En un fallo dictado el pasado mes de octubre y al que ahora Diario Compromiso accedió, un vecino de Mar de Ajó juzgado por el delito de “abuso sexual” a una menor fue sobreseído ante la duda, luego que la víctima se retractara durante el juicio.
El Tribunal estuvo integrado por los Dres. Antonio Severino, Christian Rabaia y Emiliano Lazzari, señalando el primero de los Jueces en su voto, que en su alegato el Fiscal había considerado acreditado que en Mar de Ajó, en el período en que una menor tenía entre 11 y 15 años de edad, la pareja conviviente de su madre había abusado sexualmente en reiteradas oportunidades de ella tocándola en sus partes íntimas, actos cometidos contra su voluntad porque eran perpetrados con violencia.
Según consigna el veredicto la denuncia la había formulado la progenitora de la niña, señalando que su hija le había dicho que su pareja la tocaba en sus partes íntimas, por arriba de la ropa pero sin precisar qué partes ni de qué modo. Agregó, que la relación de su pareja con la menor se veía como de amistad entre ellos, que este quedaba a su cuidado cuando ella se encontraba en su jornada laboral. Que en sus dichos su hija no había hablado
de amenazas ni maltratos físicos por parte de este, que si le había manifestado que esos abusos habían ocurrido una diez veces en los últimos 3 años.
Dijo la mujer haber confrontado a su pareja y que este había negado rotundamente las acusaciones, y como su hija quería regresar a la casa le había pedido a aquel que se retirara de la misma. Agregó, que había querido llevar a su hija a terapia pero que esta se resistía y
abandonaba las sesiones rápidamente.
Respecto de la denuncia, dijo en el juicio que no recordaba haberla leído antes de firmarla, porque había sido en un momento emocionalmente intenso, a pocos días de que su hija revelara los hechos. Y puntualizó, que a dos o tres meses de radicada la denuncia su hija le había confesado que todo era mentira, que lo denunciado era falso y motivado por su enojo contra quien era su pareja, señalando que ella había notado cambios en su comportamiento, que había comenzado a hablar positivamente de él, que al confrontarla por lo sucedido había admitido haber inventado la acusación para que este se fuera, que estaba resentida por la actitud estricta que su ex tenía respecto de sus estudios y su vestimenta, que él la controlaba por protección. Dijo la mujer, que desde su óptica también estaba frustrada por no haber podido celebrar su cumpleaños de 15 como deseaba.
También refirió que había escribió una nota para la fiscalía relatando la confesión de su hija intentando retractarse de la denuncia, pero que le habían informado que el proceso no podía
detenerse.
Para el Juez Severino el testimonio de la menor había sido revelador, había admitido no recordar con precisión qué le había contado a su madre o qué había declarado en la fiscalía, sin embargo cuando el Fiscal le leyó los fragmentos donde describía los supuestos tocamientos los recordó, pero insistió con gran convicción que eso era mentira. Y resaltó el Juez, que había dicho que la denuncia había sido un invento motivado por su incomodidad con la presencia de la pareja de su madre en la casa, describiéndolo como excesivamente exigente en cuestiones escolares y de disciplina. Precisó de sus exigencias para que estudiara, se levantara temprano o de las restricciones para salir con amigos, lo que le generaban rechazo y frustración.
Una influencia externa combinada con la exposición mediática de casos de abuso en esa época -señala el fallo-, la llevó a autoconvencerse que acusarlo de abuso sexual sería una forma de sacarlo de su vida y recuperar la atención de su madre, atacando también a un referente emocional de ésta. Dijo que creía que al presentar la denuncia él simplemente se iría de la casa y «se terminaría el cuento», que sin embargo el proceso se volvió más complejo y conflictivo de lo que esperaba.
En el juicio confesó, que poco después de presentar la denuncia le sinceró a su madre que todo era mentira, motivada por la culpa de condenar a una persona inocente con una acusación grave. Recordó que intentaron retirar la denuncia o aclarar la situación, pero enfrentaron obstáculos, y dijo que hoy, al reflexionar con la adultez de los 21 años reconocía que las restricciones que aquél le imponía eran probablemente medidas de cuidado y hasta acertadas, aunque en su momento las sintió como excesivas.
Y el Dr. Severino como conclusión de su análisis del caso señaló, “que la retractación espontanea, explícita y fundada de la acusación y el contexto desarrollado por la joven, generan una duda razonable insuperable que obliga a justificar la falta de pruebas y a no tener por probado el hecho ni la autoría del imputado”.
El Dr. Rabaia adhirió al voto y dijo que el imputado resultaba ser inocente del hecho que se le endilgaba, “porque el mismo no existió”.
De su parte el Dr. Lazzari adhirió al voto del Dr. Severino por sus fundamentos, agregando que no se había podido llegar al «estándar de la certeza» que es exigible para el dictado de un acto condenatorio.
Por ello los Jueces que integraron el Tribunal para este caso resolvieron por unanimidad, dictar veredicto absolutorio en favor de D.D.A, “por no haberse probado la materialidad ilícita” del hecho que motivó la requisitoria a juicio.
