condenan-a-vecino-por-amenazar-a-su-ex-pareja-y-desobedecer-una-orden-judicial

En un juicio abreviado sustanciado el pasado mes de noviembre en el Juzgado en lo Correccional nº 3 departamental, el Juez subrogante Dr. Jorge Martínez Mollard condenó a un vecino de Dolores como responsable de los delitos de amenazas y desobediencia a una orden judicial, hechos ambos perpetrados en nuestra ciudad.

Surge del veredicto que el juicio había sido consensuado por la Fiscal Dra. Verónica Raggio y el Defensor Particular Dr. Walter Gazzolo con acuerdo expreso del imputado, señalando el Magistrado respecto de los hechos, tener legal y plenamente probado que:

Hecho I: en horas de la madrugada del 11 de junio de 2023 en un domicilio de Dolores, un sujeto en medio de una discusión con su ex- pareja y con intención de intimidarla le dijo: “ya estoy perdido, te doy dos opciones, o volvés conmigo o vas a llorar toda la vida a tu hijo porque te lo mato».

La denunciante señaló como razón para haberse separado del imputado, que ella era quien salía a trabajar, que él no hacía nada, situación que provocaba discusiones diarias. Asimismo indicó haber sufrido violencia psicológica, dijo que su ex la había amenazado si ella tomaba la decisión de dejarlo, que sentía miedo. Que el día de los hechos aquel había concurrido a ese domicilio con motivo de una celebración familiar, y que al manifestarle ella que se debía retirar se había ofuscado, había tomado una cuchilla y había tratado de lastimarla, razón por la cual un familiar y un amigo lo había sacado hacía afuera. Que posteriormente aquél la había llamado por teléfono y amenazado, indicando la mujer sentirse intimidada.

Hecho II: el 5 de julio de ese mismo año y en distintos horarios, el sujeto mencionado realizó varias llamadas telefónicas a su expareja, desobedeciendo la orden impuesta por el Juzgado de Garantías 2 departamental que le había impuesto la prohibición absoluta de acercamiento y contacto por cualquier medio (teléfono, redes sociales y/o interpósita

persona) con la mujer y sus hijos.

La denuncia indica que encontrándose la mujer en una oficina pública de Dolores había recibido pese a la prohibición un llamado de su ex pareja, haberse sentido la mujer alterada por ello, comentándoselo a la persona que la estaba atendiendo. Que ésta ante esa situación fue ella quien atendió, le dijo que era asesora a la justicia, que era lo qué quería, aconsejándole a la mujer que hiciera la denuncia. Horas más tarde la denunciante volvió a recibir un llamado de aquel, diciéndole que sabía que lo había denunciado, razón por la cual había decidido bloquearlo.

La empleada de esa Oficina de Acceso a la Justicia prestó declaración y corroboró el episodio del llamado telefónico, al propio tiempo que señaló que la señora se veía muy nerviosa, angustiada, con mucho miedo.

De su parte, un informe de la empresa de telefonía corroboró que ese día se habían realizado tres llamadas desde el celular del imputado al de la víctima.

El procesado prestó declaración, negó los hechos, dio su propia versión, ratificando con ella según el Juez su presencia en el lugar del Hecho I, aunque tratando de ubicarse en una mejor situación procesal.

El Magistrado precisó sobre la responsabilidad penal del hecho, que el plexo probatorio permitía tener por acreditada la autoría del imputado en el mismo,

Por ello el Dr. Martínez Mollard resolvió condenar a R.F.S., con domicilio en nuestra ciudad, como autor penalmente responsable del delito de «amenazas y

desobediencia a una orden judicial en concurso real», a la pena de “Seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, bajo la forma de prisión discontinua o semidetención, pudiendo convertirse en Trabajos”. Asimismo, durante el plazo que dure el cumplimiento de la pena, le impuso prohibición de acercamiento a la mujer y su familia.

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