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El juez Dr. Jorge Martínez Mollard, titular del Juzgado en lo Correccional 2 del Departamento Judicial Dolores, condenó a un ciudadano paraguayo al hallarlo penalmente responsable del delito de violación de domicilio, hecho ocurrido en esta ciudad.
En el marco del proceso, las partes —el Fiscal Dr. Mario Rafael Pérez y el Defensor Oficial Dr. Carlos Alberto Fortini— presentaron un acuerdo de juicio que fue ratificado en todos sus términos por el imputado.
El magistrado tuvo por legal y plenamente probado que el hecho ocurrió en nuestra ciudad el 20 de julio de 2025, alrededor de las 07:00 horas, cuando Andrés Jesús Vargas Mora, un sujeto adulto se presentó en el domicilio de su ex pareja e ingresó sin autorización expresa ni presunta de la propietaria.
Una vez dentro de la vivienda, el imputado aguardó a la mujer sentado en el sillón del living, durmiendo. Al arribar la propietaria del inmueble se produjo una discusión al pretender el sujeto que la mujer le entregara el teléfono celular, al cual le arrebató, tras lo cual el agresor se dio a la fuga arrojando el aparato en la vía pública. Posteriormente fue aprehendido por personal policial, alertado por un llamado telefónico realizado por familiares de la víctima.
La autoría penalmente responsable de Vargas Mora fue acreditada a través de diversas piezas procesales, entre ellas el acta de procedimiento y aprehensión, en la que consta que el personal policial acudió al lugar ante la denuncia de que un hombre se encontraba agrediendo a su ex pareja. Al arribar, los efectivos observaron que vecinos tenían reducido al imputado sobre la vereda del domicilio, presentando visibles signos de haber sido golpeado, procediéndose a su identificación.
Dicha acta fue complementada con las declaraciones testimoniales de los efectivos intervinientes, así como con la denuncia de la víctima, quien manifestó que al regresar a su vivienda advirtió que su ex pareja se encontraba durmiendo en el sillón. Relató que, al despertarlo, el mismo comenzó a exigirle reiteradamente el teléfono celular y que, ante su negativa, se lo arrebató de la mano, ocultándolo entre sus ropas. Indicó además que el imputado había ingresado a la vivienda por una ventana cuya traba se encontraba rota.
Familiares de la mujer señalaron que le solicitaron al acusado que se retirara del domicilio, produciéndose una discusión verbal, hasta que finalmente lograron que saliera del lugar, aunque llevándose consigo el teléfono celular de la víctima.
El imputado brindó su versión de los hechos, aunque para el Juez su descargo no logró desvirtuar el cuadro probatorio, calificándolo como un intento de mejorar su situación procesal. “La materialidad delictiva del hecho se encuentra justificada”, sostuvo el magistrado, al igual que la responsabilidad penal del acusado.
En consecuencia, el Dr. Martínez Mollard resolvió condenar a Andrés de Jesús Vargas Mora, ciudadano paraguayo de 23 años de edad, con domicilio en Dolores, como autor penalmente responsable del delito de “violación de domicilio”, imponiéndole la pena de “Seis meses de prisión de ejecución condicional, junto al cumplimiento de reglas de conducta, entre ellas la de abstenerse de todo acto de perturbación, hostigamiento y/o intimidación hacia la víctima, por cualquier medio.

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