Un vecino de Mar de Ajó sometido a proceso penal por su presunta responsabilidad en un caso de “abuso sexual gravemente ultrajante” y dos hechos de “Desobediencia a una orden judicial”, fue recientemente condenado en un juicio abreviado sustanciado en el Tribunal Oral en lo Criminal nº 2 Departamental.
El Dr. Juan Martín Enzagaray como Juez unipersonal fue quien dictó la sentencia, en el juicio que había sido consensuado por el Fiscal Dr. Carlos Bensi y los Dres. Guillermo Magadan y Thomas Magadan como Defensores particulares ratificando expresamente el imputado sus alcances, mientras que el Particular Damnificado también se expresó en favor del acuerdo.
En el veredicto el Juez Dr. Enzagaray señaló respecto de los hechos en juzgamiento:
Hecho I: durante el año 2017 en el interior de un domicilio de la localidad de Mar de Ajó, un sujeto adulto aprovechando encontrarse al cuidado de una menor -que en aquel momento tenía entre 10 y 11 años de edad-, en momentos en que su pareja y progenitora de la niña se ausentaba por cuestiones de salud, en reiteradas oportunidades le realizó tocamientos inverecundos en la zona genital en contra de su voluntad, porque la misma no podía consentirlo dado su minoría de edad.
Hecho II: el 16 de agosto de 2023 el sujeto sindicado en el hecho anterior, con claras intenciones de desobedecer una orden de restricción de acercamiento impuesta por el Juez a cargo del Juzgado de Garantías nº 4 de Mar del Tuyu, llegó en una moto Motomel hasta el lugar donde se encontraba la madre de la niña, la miró fijamente mientras se reía, desobedeciendo así la legitima orden de restricción de acercamiento impuesta.
Hecho III: el 22 de agosto de ese mismo año, el mismo individuo, quien circulaba en moto, se acercó al lugar donde se encontraba la menor víctima y su madre y comenzó a hacerles gestos amenazantes, desobedeciendo así la restricción de acercamiento impuesta por el Juzgado de Garantías de Mar del Tuyú.
La madre de la niña en su denuncia dijo, que al llegar a su casa su hija llorando le había contado que su marido la había abusado tocándola en sus partes íntimas, y que ello había sucedido mientras ella había estado internada.
“El testimonio de la madre resultó imprescindible para fundamentar la necesidad de medidas de protección y coerción contra el imputado” resaltó el Juez, indicando que aquella había denunciado hostigamientos de su ex posteriores a la denuncia. Y que su relato incluía incidentes específicos de desobediencia y ademanes amenazantes, lo que le que había provocado una crisis de nervios en la menor.
El Juez en su análisis señaló, que la declaración de la víctima “no solo había activado el proceso, sino que había proporcionado los hilos narrativos que el resto de la prueba (testimonios y pericias) teje en un marco de convicción sólido, demostrando tanto la
materialidad del delito de abuso sexual como el hostigamiento posterior del
imputado”.
Por ello el Juez Dr. Juan Martín Enzagaray resolvió condenar a R.C.A, por resultar autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y por ser cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente reiterados (Hecho I); y Desobediencia -dos hechos en concurso real- (Hechos II y III)” a la pena de “Ocho años y seis meses de prisión”. Además dispuso, que firma y consentida la sentencia se le extraiga una muestra biológica para su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos y al Banco Provincial de Datos Genéticos de la Suprema Corte de Justicia.
Nota: se omiten detalles que pudieran identificar a la víctima.
